LEY 1527 DE 27 DE ABRIL DE 2012
"POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE UN MARCO GENERAL PARA LA
LIBRANZA O DESCUENTO DIRECTO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
Composición
Artículo 1°. Objeto de la libranza
o descuento directo
Artículo 2°. Definiciones
aplicables a los productos y servicios financieros
Artículo 3°. Condiciones del crédito a través de libranza
o descuento directo.
Artículo 4°. Derechos del beneficiario
Artículo 5°. Obligaciones de la entidad operadora
Artículo 6°. Obligaciones del empleador o entidad pagadora
Artículo 7°. Continuidad de la autorización de descuento
Artículo 8°. Intercambio de información
Artículo 9°. Portales de información sobre libranza.
Artículo 10. Inspección, vigilancia y control.
Artículo 11. Divulgación
Artículo 12. Libre escogencia de la entidad operadora.
Artículo 13. Retención en los pagos a los trabajadores
independientes.
Artículo 14. Registro Único Nacional de Entidades Operadores de Libranza.
Artículo 15. Vigencia y derogatorias
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